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Nueva ley castiga con cárcel los daños graves a medios de transporte público

La normativa establece hasta 5 años de presidio para quienes cometan este tipo de delitos.

Este sábado se publicó en el Diario oficial la Ley N°21.587, que endurece las sanciones por daños en los medios de transporte público. La normativa también incluye a los bienes e infraestructura vinculados a esta actividad.

En concreto, se castiga con pena de presidio menor en su grado medio (de 541 días a 3 años y un día) a quienes atenten contra un vehículo motorizado, se encuentre o no en circulación. “Apedreándolo o arrojándole otros objetos contundentes o inflamables o por cualquier otro medio semejante”, detalla el artículo 198 de la Ley N°18.290.

Por otra parte, si a consecuencia del atentado muere o se lesiona alguna persona, se aplicarán las penas asociadas a dichos delitos, aumentadas en un grado. De lo contrario, si sólo se produjeran daños, se tomará en cuenta la pena anteriormente mencionada, también aumentada en un grado.

En resumen, quienes causen un daño a medios de transporte público de pasajeros o en bienes o infraestructura asociada a dicha actividad, cuyo importe exceda de 40 UTM ($2.527.960), serán castigados con:

– Pena de reclusión menor en sus grados medio (de 541 días a 3 años y un día) a máximo (de 3 años y un día a 5 años).

– Multa de 11 a 20 UTM ($695.189 a $1.263.980).

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