El hecho sucedió en 2022, cuando un grupo de vecinos realizó una “detención ciudadana”, confundiendo a la víctima con un delincuente.
¿Qué pasó?
El 7° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago dictó penas en contra de cuatro imputados por la muerte de un joven que fue confundido con un delincuente y que fue objeto de una “detención ciudadana” en La Florida en marzo de 2022.
En un fallo dividido, el Tribunal acreditó que durante el 23 de marzo de 2022, a las 0:55 horas, la víctima- identificada como Matías Vallarino, corría por calle Tiziano cuando un grupo de vecinos obstaculizaron su paso.
Dicho grupo estaba compuesto por Gerardo Kevin Salas Rubio; Manuel Alejandro Quezada Salazar; Jorge Andrés Torres Abayai y Mauricio Alejandro Meza Arredondo, quienes lo ataron, lo inmovilizaron y lo agredieron con golpes de pie y puños, además de utilizar objetos contundentes, en diversas zonas del cuerpo .
El Tribunal acreditó que Salas Rubio, con un ánimo de detenerlo, le dio una patada, lo desestabilizó y lo agredió con golpes de pie reiteradamente; luego Quezada Salazar, con un ánimo de lesionarlo, lo inmovilizó y lo aplastó con su cuerpo a la altura de la cabeza, cuello y espalda.
Por otra parte, Torres Abayai lo pateó con su calzado en la cabeza y Meza Arredondo le aplastó el cuello y le dio reiterados rodillazos a la altura de la cabeza.
A raíz de la agresión con golpes de pie, puños y uso de elementos contundentes, Vallarino terminó falleciendo producto de una compresión toraco abdominal.
Sanciones impuestas
El 7° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago determinó condenar a Gerardo Kevin Salas Rubio a 398 días de presidio y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, por ser declarado culpable como autor del delito consumado del delito de lesiones menos graves. La pena impuesta se le tendrá cumplida con el mayor tiempo que permaneció privado de libertad.
Manuel Alejandro Quezada Salazar fue condenado a la pena de 818 días de reclusión y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, por ser autor del delito consumado de lesiones menos graves en concurso ideal con un cuasidelito de homicidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena por igual periodo.
Por otra parte, se condenó a Jorge Andrés Torres Abayai a 818 días de reclusión y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, por ser autor del delito de lesiones graves, en concurso ideal con cuasidelito de homicidio. También con el beneficio de la remisión condicional de la pena por igual periodo.
Y Mauricio Alejandro Meza Arredondo recibió la condena de 818 días de reclusión y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, como autor del delito de lesiones menos graves, en concurso ideal de cuasidelito de homicidio. Dicha pena impuesta fue sustituida por libertad vigilada intensiva, debiendo mantenerse en su domicilio por un máximo de ocho horas diarias, de manera continua.