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Condenados por delitos sexuales a menores no podrán acceder a beneficios

A partir de hoy y tras la publicación en el Diario Oficial, los condenados por delitos sexuales en Chile ya no podrán acceder a rebajas penales tras la entrada en vigencia de la Ley 21.421. Esta “excluye de los beneficios regulados en la Ley 19.856 a quienes hayan cometido delitos de carácter sexual contra personas menores de edad”.

¿Qué pasa con el cambio de normativa?

Con esta nueva normativa, se impedirá la reducción de penas efectivas de cárcel a quienes hayan cometido delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes, beneficio al que anteriormente se podía acceder si el condenado presentaba buena conducta.

La iniciativa legal fue aprobada por el Congreso Nacional y modifica las indicaciones de la ley 19.856, que crea un sistema de reinserción social de los condenados sobre la base de la observación de buena conducta.

De acuerdo a lo que se informó, la nueva normativa incluye que en caso de no contar con informes sociales y psicológicos relativos a los condenados, estos sean instruidos para generar el correspondiente historial.

Con lo anterior se pretende que la comisión respectiva sepa con quién está tratando en el caso de una postulación a algún beneficio intrapenitenciario o a la libertad condicional.

¿Qué dijo la autoridad?

El subsecretario de Justicia, Sebastián Valenzuela, destacó  la iniciativa, indicando en su cuenta de twitter que “A contar de hoy se excluye beneficio de rebaja de condena a agresores sexuales contra NNA. Esto permitía reducir la condena x el solo hecho de tener un buen comportamiento en la cárcel. Sin embargo debe prevalecer interés Superior del Niño y evitar espacios de impunidad”.

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