El pasado martes 12 de noviembre, luego de semanas de discusión, el Concejo Municipal de Puente Alto aprobó por unanimidad una ordenanza municipal que previene, prohíbe y sanciona el acoso sexual callejero en la comuna.
La iniciativa, impulsada por la concejala Denisse Carvalho, junto a agrupaciones de mujeres y agrupaciones feministas de Puente Alto, surge como una bajada territorial de la Ley 21.153 que sanciona el acoso sexual en espacios públicos, y como una manera de combatir conductas que a diario deben enfrentar mujeres.
“La verdad es que esto nace desde la experiencia. Yo creo que toda mujer ha sido acosada en algún momento de su vida. Hay estadísticas, por lo menos del gobierno regional, de marzo de este año, que parten desde los 14 años el acoso en la vía pública. Y toda mujer, si no es nueve de cada diez mujeres, han sido acosadas ya sea arriba del metro, arriba de la micro, en colectivo, en paradero”, explicó la concejala Denisse Carvalho a este medio.
Esta nueva ordenanza, que regirá desde su publicación, sancionará con 1 UTM conductas como gestos obscenos, silbidos, jadeos, bocinazos y cualquier sonido gutural, además de palabras, comentarios, insinuaciones o expresiones verbales de carácter sexual respecto del cuerpo o que puedan ofender o violentar a una mujer.
Asimismo, se condenará, con una multa que no podrá ser menor a 2 UTM, cualquier registro audiovisual del cuerpo de otra persona sin consentimiento. También, actos de tipo abordajes intimidante y exhibicionismo, como masturbación en espacios públicos, contacto corporal de carácter sexual, como tocaciones, roces o la presión de genitales contra otra persona.
Pero todas las conductas se considerarán una infracción más grave si, además, se cometen contra menores de edad, adultas mayores, personas en situación de discapacidad, con movilidad reducida temporalmente, personas embarazadas o amamantando, además de personas en estado de intoxicación temporal y disidencias o diversidades sexuales.
Lo anterior significará un aumento de 1 UTM a las sanciones, que estarán agravadas si ya se cuenta con una condena por el mismo acto, si se actúa en compañía de otras personas y si es de noche o se comete en un lugar despoblado, lo que adicionará otra UTM.
“La denuncia, propiamente tal, tiene que ser a través del juzgado de policía local. No obstante, también puede ser escrito a través de la oficina de partes del municipio, quien toma medidas en el asunto. Esto también cataloga que dentro de una ordenanza siempre están los inspectores municipales o seguridad pública que pueden recibir la denuncia correspondiente”, explicó la concejala Carvalho.
Por otro lado, la ordenanza permitirá que, en casos en que el infractor manifieste que no tiene los medios económicos para saldar la multa, podrá conmutarla en parte por asistencia a sesiones de concientización sobre el acoso sexual, implementados por el municipio.
Una vez publicada la nueva normativa municipal, se establecerá un plazo de marcha blanca de seis meses que le permitirá a la municipalidad implementar y capacitar sobre los diferentes programas de prevención y apoyo a funcionarios, personal administrativo y operativo.
“La municipalidad a través de la Dirección de Desarrollo Comunitario y los programas, que también van a estar a su cargo, van a tratar de promover e impulsar las campañas educativas e informativas con la finalidad de sensibilizar, visibilizar y problematizar también el comportamiento de los vecinos y vecinas, ya que esto es algo nuevo. La idea no es solamente generar la sanción, sino que también educar a nuestros vecinos y vecinas”, cerró.